martes, 8 de julio de 2008

Vientres de Alquiler -legalizarlo en España


Expertos en medicina reproductiva abogaron ayer por legalizar en España el denominado vientre de alquiler, siempre que este procedimiento se realice por razones estrictamente médicas y en los casos en que las mujeres no tengan otra manera de poder tener un hijo a partir de sus propios ovocitos.
En España, la Ley de Reproducción Asistida declara ilegal la práctica de las madres de alquiler, mujeres que ceden su útero para que, a través de una fecundación in vitro, se le implanten los embriones de los futuros padres.
Este tipo de maternidad es una de las cuestiones que se abordaron ayer en el 24.º Encuentro Anual de Medicina Reproductiva de Europa (ESHRE), en el que los expertos españoles han coincidido en destacar la necesidad de legalizar una práctica que aún está muy estigmatizada.
Examinar cada caso
La destacada bióloga Anna Veiga, del Centro de Medicina Regenerativa de Barcelona, ha afirmado que «valdría la pena» despenalizar este procedimiento, si bien ha subrayado que su uso no se debería generalizar, sino que se tendría que aplicar «de manera pormenorizada», tras examinar detenidamente cada caso.
En esta misma línea se ha expresado la doctora Francesca Vidal, investigadora de la Universidad Autónoma de Barcelona, que ha recordado que el «vientre de alquiler» nunca debería llevarse a cabo por cuestiones estéticas, sino por «condiciones médicas necesarias», es decir, cuando una mujer, por ejemplo, ha sufrido la extirpación del útero a causa de un cáncer y desea tener un hijo con sus ovocitos y el esperma de su pareja.

«No entiendo muy bien por qué en nuestro país este procedimiento no está permitido. Yo estoy absolutamente a favor», subrayó, por su parte, el doctor Juan Antonio García Velasco, director del Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI) en Madrid.
Francia lo está estudiando
Estados Unidos, Gran Bretaña, Canadá y Grecia admiten esta figura y el Senado francés analiza una propuesta muy restrictiva. Según esta normativa, solo se permitirá a parejas heterosexuales con problemas de procreación y nunca implicará a la madre de la mujer donante. La madre biológica -que obligatoriamente deberá tener por lo menos un hijo propio- tendrá derecho a quedarse con el bebé en los tres primeros días tras el parto; los padres genéticos no podrán rechazarlo aunque nazca enfermo y en ningún caso se podrá pagar; solo costear aquellos gastos que no cubra la Seguridad Social.
Al margen del siempre controvertido tema de las madres de alquiler, los más de 7.000 expertos del congreso de medicina reproductiva -que termina mañana- trataron los límites éticos y sociales que plantean las nuevas técnicas de fecundación in vitro, que han hecho posible que varias mujeres sexagenarias sean madres. En España no se suele atender a mujeres mayores de 50 años, pero los médicos reconocen que ha de ser la sociedad la que diga dónde está el límite ético en estos casos

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